Contactar amigos/as, vecinos/as, docentes o cualquier persona que pudiera ayudar a establecer en qué momento y lugar fue la última vez en que fue visto/a. También resulta importante obtener información sobre los últimos encuentros o citas que hubiesen tenido o sobre conflictos y posibles razones de su alejamiento.
Si después de recorrer la agenda de amigos/as y vecinos/as no hay novedades sobre el niño, niña o adolescente, la familia o el/la responsable legal debe realizar la denuncia en la comisaría correspondiente al domicilio o cercana a la zona, y solicitar una constancia escrita de la realización de la misma.
‼️ RECUERDE: La denuncia deberá realizarla el padre, madre o tutor/a del niño/a, pero si el extravío ocurriera en horarios y circunstancias en los que la responsabilidad del/de la niño/a recayera en otra persona o institución, como por ejemplo, en la escuela o persona que cuida del/de la niño/a mientras los progenitores trabajan, podrá esa persona efectuar la denuncia a fin de atender a la emergencia.
Es importante exigir que se tome una denuncia de búsqueda de paradero, lo que se hará al instante de comprobarse la desaparición, no es necesario esperar 24 o 48 horas para hacerlo. Además, se debe solicitar una copia escrita de la denuncia y preguntar cuál es la Fiscalía interviniente en la que recae la denuncia.
Al momento de realizar la denuncia, recordá que personal de la comisaría deberá:
Luego de efectuar la denuncia en la comisaría, los progenitores o responsables deberán concurrir al Registro de Chicos Perdidos y brindar datos que orienten la búsqueda del niño, niña o adolescente. En todos los casos se va a solicitar que faciliten una foto actualizada del niño, niña o adolescente buscado/a. El Registro realiza acciones de búsqueda teniendo en cuenta la red social, familiar e institucional del niño/a o adolescente. En este marco, el Registro publica fotos y difunde datos de los niños, niñas y adolescentes en caso de que otros medios de búsqueda hayan sido infructuosos para dar con su paradero.
Asimismo, debe concurrirse a la Fiscalía interviniente en la que recae la denuncia para solicitar la adopción de medidas rápidas de búsqueda. En los casos que corresponda, se recomienda requerir a la fiscalía que ordene ante la División Informática de la Policía Federal que se revise la computadora o dispositivo en el que habitualmente el niño/a o adolescente contactaba a sus amigos/as. Asimismo, es aconsejable que se solicite la intervención de los teléfonos y celulares personales para ver los últimos contactos.
En caso de que luego de seguir con todos los pasos los organismos encargados de intervenir y garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes no te brinden respuesta o no cumplan con su obligación, podés acercarte a la Defensoría del Pueblo. Tenés quien te defienda.
NO HAY QUE ESPERAR NI 24 NI 48 HORAS PARA HACER LA DENUNCIA.
👉 Ese es el primer mito a derribar ante la desaparición de una persona. Tanto por las vías oficiales como por medios más “informales”, es necesario activar la búsqueda lo antes posible.
👉 Si la Policía Federal o cualquier otra fuerza de seguridad no te permite realizar la denuncia llamá al 0800-555-5065 de Consultas y Denuncias del Ministerio de Seguridad de la Nación.
📌 DATOS ÚTILES
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