El Defensor del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicitó al jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero; al ministro de Desarrollo Social de a Nación, Daniel Arroyo; a la ministra de Desarrollo Social y Hábitat de la Ciudad de Buenos Aires, María Migliore; al jefe de Gabinete de Ministros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Felipe Miguel; y al presidente del Instituto de la Vivienda (IVC) de la Ciudad Autónoma de Buenos, Juan Maquieyra, tengan a bien arbitrar en el ámbito de sus respectivas competencias las medidas necesarias para que:
a) inquilinos/as de viviendas tengan derecho a cancelar su obligación de pago de alquileres exclusivamente a través de transferencias bancarias; o bien, se les ofrezcan, por parte de los propietarios, medios alternativos de pago que no impliquen la infracción al aislamiento obligatorio decretado. La normativa habrá de contemplar el caso de inquilinos/as que no manejen herramientas digitales.
b) Se disponga la extensión automática de todo contrato de alquiler vencido o a vencerse durante el aislamiento obligatorio decretado. La normativa habrá de especificar que la extensión del contrato vencido habrá de practicarse en iguales términos y condiciones; especialmente, sin aumento de ningún tipo en el precio de locación.
c) Se evalúen medidas necesarias para evitar situaciones de hacinamiento y de insalubridad en pensiones, conventillos y hoteles familiares de la Ciudad- y hasta tanto dure la emergencia sanitaria; tales como:
1) medidas de higienización y campañas de información sobre prevención del virus y atención de la enfermedad;
2) proporcionar y garantizar el suministro de productos e insumos necesarios y suficientes de salud e higiene a población que habite en estos lugares;
3) monitorear y supervisar las medidas, enfocándose principalmente en las personas adultas mayores y en la población de riesgo que se encuentren habitando en los mencionados espacios;
4) recomendar al Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires (CUCICBA) que arbitre medidas de fiscalización y control para el absoluto cumplimiento de la Res. AFIP N° 3997.
5) Poner la presente resolución en conocimiento del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) para que través de sus canales de comunicación con sus afilados se difundan los términos de la resolución a los interesados.
Qué pasa con los encargados de edificios
El Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) informa que, con motivo de las restricciones a la circulación ordenadas por el gobierno nacional, sus afiliados y afiliadas deben presentarse a realizar jornadas reducidas de común acuerdo con el consorcio o el administrador para desarrollar tareas específicas de recolección de residuos y de limpieza de las zonas comunes en sus lugares de trabajo.
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Los trabajadores y trabajadoras deben brindar tareas de limpieza de puertas, hall de ingreso y ascensores, además de la recolección diaria de residuos.
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Para realizar dichas tareas deben contar siempre con barbijo, guantes, limpiar bien manijas, picaportes con 10 partes de agua y 1 de lavandina, lavar frecuentemente la ropa de trabajo y mantener una distancia de 2 metros con otras personas.
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El empleador debe entregar al trabajador/ra un Certificado para transitar y ser exhibido al personal de control policial donde conste: Nombre, número de teléfono y demás datos que permitan identificar al consorcio empleador; y nombre, número de DNI y domicilio del trabajador y del consorcio.