Entonces, hasta el 31/01/21:
- Quedan suspendidos los desalojos por falta de pago del alquiler.
- Se prorrogan de forma automática contratos vencidos o a vencerse en este tiempo.
- No se puede aumentar el alquiler: hasta enero se paga el valor de marzo de 2020.
- Se puede acumular deuda por no pago del alquiler, pagos parciales o tardíos.
- El alquiler se paga por transferencia bancaria, obligatoriamente.
- La garantía y fianza se extienden de manera automática.
Todas estas cuestiones, como también los nuevos derechos y principales novedades que trajo la nueva Ley 27551 de Alquileres en la guía elaborada recientemente por el Programa de Atención de Inquilinos/as de la Defensoría del Pueblo.
Quienes tengan dudas o necesiten asesoramiento pueden contactarse con el programa enviando un correo-e a atencioninquilinos@defensoria.org.ar.