Cabe señalar que en 2016, tras la denuncia de un vecino, la Defensoría del Pueblo había iniciado el trámite 19564/16 y, luego de analizar de forma exhaustiva la información recibida y los planos registrados en el gobierno porteño, emitió la resolución 541/18 en la cual se recomendaba a la entonces titular de la Dirección General de Interpretación Urbanística la revisión de los términos de la Disposición DI-2016-1856- DGIUR, en función de las alturas permitidas en el dictado de esa norma.
De esta forma, el dictamen del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad resulta coincidente con las recomendaciones hechas oportunamente por la Defensoría y que no habían sido consideradas anteriormente por las autoridades competentes.
Foto: Página/12